CSRD: FAQ’s
Respondemos a todas las preguntas relacionadas con la aplicación de la nueva Directiva CSRD, que obligará a más de 50.000 empresas de la Unión Europea a elaborar memorias de sostenibilidad.
¿Qué es la CSRD y qué se pretende?
CSRD es el acrónimo de Corporate Sustainability Reporting Directive, la nueva Directiva que la Unión Europea (UE) publicó a finales de 2022 y que obligará a muchas compañías a elaborar y publicar una memoria de sostenibilidad.
CSRD modifica la Directiva NFRD sobre divulgación de información no financiera y tiene como objetivo aumentar la transparencia y la comparabilidad en la información sobre el desempeño ambiental, social y de gobernanza (ESG) de las organizaciones. De esta manera se pretende ayudar a los inversores y otros grupos de interés a tomar decisiones más informadas y sostenibles.
En los próximos meses, España debe trasponer la Directiva a su marco legislativo.
¿A quién aplica la CSRD?
La Directiva es de cumplimiento obligado para varios tipos de organizaciones, pero principalmente afecta a aquellas que cumplen dos de los tres criterios que se mencionan a continuación: más de 250 personas trabajadoras, más de 20 M € en el balance, un volumen neto de negocio superior a 40 M €. A partir de ahora nos referiremos a este colectivo como “grandes empresas”. Es probable que estos criterios se modifiquen ligeramente en las próximas semanas, pero, actualmente, son los que están en vigor.
¿Cuáles son las principales novedades que plantea la CSRD?
Los puntos clave de la CSRD son:
- Doble materialidad: las organizaciones deberán identificar qué temas son relevantes o importantes y, en consecuencia, informar sobre los mismos en sus memorias de sostenibilidad. La Directiva plantea una nueva metodología en la que se deben identificar tanto los impactos causados sobre el medio ambiente y la sociedad (es decir, de la empresa hacia afuera) como los impactos sufridos por la organización (de afuera hacia la empresa). Es lo que se conoce como el principio de doble materialidad.
- Contenido de la memoria: una vez identificados los principales temas a reportar, se deberán especificar, para cada uno de ellos, los objetivos, metas, políticas y resultados obtenidos en sostenibilidad por la organización.
- Presentación de la memoria: la memoria de sostenibilidad se deberá incluir en el informe de gestión, junto con la información financiera, para su aprobación conjunta por la Junta General de Socios.
- Auditoría obligatoria: la Directiva obliga a que las memorias de sostenibilidad sean verificadas por una tercera parte independiente acreditada antes de su inclusión en el informe de gestión.
- Digitalización: la memoria se presentará en formato electrónico (XHTML) para poder comparar los resultados obtenidos entre las diferentes empresas.
¿Qué información se debe reportar? ¿Dónde puedo encontrar los nuevos requisitos?
La Unión Europea está a punto de publicar oficialmente unos estándares Europeos de Información en Materia de Sostenibilidad (conocidos como ESRS, por sus siglas en inglés) que detallarán la información que deben incorporar las empresas obligadas en sus memorias de sostenibilidad. El esquema de los ESRS es parecido al enfoque del Global Reporting Initiative (GRI). En total, se publicarán 12 ESRS:
- ESRS 1: describe los requisitos generales que se deben tener en cuenta en las nuevas memorias de sostenibilidad.
- ESRS 2: incluye la información general que deben reportar todas las organizaciones.
- ESRS temáticos: conjunto de 10 documentos que describen, de una forma muy detallada, la información específica que se debe reportar para determinados asuntos o temas, siempre y cuando la organización los haya considerado materiales. Algunos asuntos son, por ejemplo, cambio climático, contaminación, conducta empresarial o consumidores y usuarios.
Es obligatorio que el contenido de las nuevas memorias se adapte a los requisitos de estos estándares.
Mi empresa ya está obligada a elaborar un Informe no Financiero. ¿en qué me afecta la CSRD? ¿Qué debo cambiar en el año 2024?
En España está en vigor la Ley 11/2018 (trasposición de la Directiva NFRD), que obliga desde el año 2019 a aquellas organizaciones con más de 250 personas trabajadoras a elaborar y publicar el estado de información no financiera (conocido como EINF). Este documento debe ser aprobado por el órgano de gobierno de la sociedad, junto con las cuentas anuales, para su depósito en el Registro Mercantil.
Todas las organizaciones que ya cumplan con la Ley 11/2018 deberán adaptarse a la CSRD y modificar la estructura de su EINF (en el caso de las grandes empresas, en 2026 con los datos del ejercicio 2025). La Directiva plantea un contenido muy ambicioso de la nueva memoria, por lo que deberán modificar sus procesos internos para recopilar y comunicar toda la nueva información requerida.
Para el año 2024 (informe del año 2023), no es obligatorio que las grandes empresas introduzcan cambios en sus EINF. Por lo tanto, las grandes empresas pueden seguir con el mismo modelo de EINF durante el año 2024.
¿Qué recomendamos en el año 2024 a las empresas que ya elaboran un EINF?
Durante el año 2024, es muy recomendable que las grandes empresas lleven a cabo un estudio de doble materialidad con el objetivo de identificar sus asuntos más significativos, en base a la nueva metodología descrita en los ESRS. Como hemos comentado, los asuntos materiales son los que se deberán incluir en las memorias a partir del año 2026 (correspondientes al ejercicio de 2025). El ejercicio de doble materialidad permitirá identificar qué nueva información se debe reportar, identificar si estos datos están disponibles en la organización y, en caso negativo, comenzar a desarrollar los mecanismos para su recopilación y reporte. Cuanto antes se preparen las organizaciones, más fácil será el proceso de adaptación. Insistimos que el cambio del contenido de la memoria es relevante y que las grandes empresas deben reportar completamente según CSRD en el año 2026 (con los datos del ejercicio 2025).
Mi empresa elabora una memoria de sostenibilidad, pero no está dentro del grupo de organizaciones obligadas por CSRD ¿En qué me afecta la publicación de la nueva Directiva?
Las organizaciones que elaboran una memoria de sostenibilidad por voluntad propia son libres de escoger el modelo de referencia para la elaboración de sus memorias. Si no están afectadas por la CSRD, pueden continuar reportando de la misma manera que hasta ahora. En cualquier caso, recomendamos que progresivamente adapten el contenido de sus memorias a los estándares ESRS, que será el lenguaje común que aplicarán la mayoría de las organizaciones.
Mi empresa es una pyme, por lo tanto, no me aplica la CSRD ¿es correcto?
Si tu organización es una pyme no está obligada a elaborar una memoria de sostenibilidad según CSRD. Ahora bien, las empresas que sí tienen esta obligación requerirán que sus proveedores les faciliten información para poder elaborar su memoria de sostenibilidad, ya que la Directiva obliga a reportar los impactos sociales y ambientales generados a lo largo de toda la cadena de valor. Por lo tanto, es previsible que las grandes compañías comiencen a solicitar datos clave a sus proveedores (huella de carbono, programa de compliance, residuos generados, brecha salarial, etc.). En este contexto, pues, las pymes deberán estar preparadas para facilitar esta información.
¿Y qué pasa con la taxonomía? ¿Es obligatoria incluirla en la memoria de sostenibilidad del ejercicio 2023 (a elaborar en 2024)?
Sí, todas las organizaciones obligadas a elaborar el EINF según la Ley 11/2018 deben informar sobre la taxonomía en la memoria del ejercicio 2023, documento que deben elaborar durante el primer trimestre del año 2024. En concreto, cada organización debe reportar los porcentajes de facturación, de inversiones y de gastos de explotación que son medioambientalmente sostenibles.
Conclusión…
La nueva Directiva CSRD es compleja. Recomendamos a las grandes empresas que no dejen el proceso de adaptación hasta el último momento, sino que ya en 2024 empiecen a trabajar para dar cumplimiento a CSRD. En esta línea, creemos que realizar un estudio de doble materialidad durante 2024 es altamente recomendable, sin olvidarse que es obligatorio incluir la taxonomía.
En ECOGESA estamos a vuestra disposición para cualquier duda o soporte que necesitéis en el proceso de adaptación a la CSRD.